Como titular del Juzgado de Familia N° 9 de esta ciudad, atento la publicidad que ha tenido una causa en trámite por ante este tribunal y el reclamo de la APDH en tal sentido, sin pretender en modo alguno polemizar sobre tan delicada situación y con el respeto que me merece el organismo de Derechos Humanos, me veo en la obligación de aclarar lo siguiente:
En todos los expedientes en trámite, por sobre los intereses de cada uno de los adultos, se prioriza a ultranza la integridad psicofísica y las necesidades de los niños y niñas que componen cada grupo familiar, en observancia de lo dispuesto por la Convención de los Derechos del niño y restantes normas internacionales y nacionales.-El caso dado a publicidad no es la excepción. La problemática que involucra a las partes es compleja y como tal ha sido y es
abordada contando el juzgado con informes de profesionales especializados en la materia, que abonan las decisiones que se adoptan. Asimismo, el niño se encuentra asistido psicológicamente. Existen diversas resoluciones dictadas, todas ellas confirmadas por la Cámara Civil de esta ciudad.-
Por ello no puede hablarse, como erróneamente sostiene la APDH, de separación "arbitraria, ilegal o irregular", ni de "un plazo de 22 meses sin resolución alguna" máxime cuando la causa es reservada y, en virtud de ello, nadie ajeno a los implicados tiene acceso a la misma. Resalto que, contando cada una de las partes con patrocinio, tienen la posibilidad de discutir en el ámbito judicial las decisiones que se adopten, en el marco del derecho de defensa en juicio y con la garantía de debido proceso.-
Finalmente, en cuestiones como la que nos ocupa, es fundamental preservar el derecho a la intimidad familiar, de índole constitucional y resguardarse obligatoriamente la identidad de los niños y niñas en todas las causas judiciales.-
Marcela Trillini. Juez
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